Ratifican que Fabián Tablado no podrá acercarse a menos de 300km de Edgardo Aló

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de San Isidro, Sala I, confirmó la prórroga de las medidas de protección dictadas en favor de Edgardo Aló y en contra de Fabián Gerardo Tablado, en el marco de una causa por violencia familiar. La resolución mantiene la restricción perimetral de 300 kilómetros por el plazo de un año.
El tribunal, integrado por los jueces Analía Inés Sánchez y Hugo Oscar Héctor Llobera, rechazó el recurso de apelación presentado por Tablado, quien había cuestionado la medida al considerarla arbitraria y carente de sustento probatorio. La resolución impugnada había sido dictada el 10 de abril de este año por el juzgado de primera instancia.
En su voto, los magistrados señalaron que persisten los elementos que justifican la continuidad de la medida cautelar, entre ellos los informes técnicos del sistema de monitoreo electrónico y el alto nivel de riesgo identificado por equipos técnicos y el Observatorio de Víctimas de Delitos.
La defensa de Tablado alegó que las alertas del sistema de supervisión se debieron a fallas técnicas y que él nunca violó la distancia mínima impuesta, asegurando encontrarse a más de 800 kilómetros de Aló en todo momento. Incluso cuestionó que algunas alertas se originaron por el mal uso del dispositivo por parte del propio denunciante. También reclamó que se tuviera en cuenta el archivo de una causa penal iniciada por una denuncia que, según su versión, habría sido falsa.
Sin embargo, la Cámara sostuvo que el cumplimiento formal de la distancia no es suficiente para concluir que cesaron los motivos que originaron la medida, y destacó que el objetivo central del proceso es prevenir posibles daños a la víctima, independientemente del curso de causas penales paralelas.
El expediente tiene un fuerte componente simbólico y social: Edgardo Aló es el padre de Carolina Aló, asesinada en 1996 por Fabián Tablado de 113 puñaladas, un crimen que conmocionó al país y dio origen al Día de la Prevención de la Violencia en el Noviazgo en Argentina.
La resolución confirma además que la Subdirección General de Supervisión Electrónica del Servicio Penitenciario Bonaerense continuará con el monitoreo mediante dispositivos duales.
Finalmente, el tribunal impuso las costas del proceso al apelante y dejó diferida la regulación de honorarios para una instancia posterior.